El bono social eléctrico (Conclusiones de la Mesa de Derechos Sociales)

INFORME Y CONCLUSIONES DE LA MESA DE DDSS DE PUENTE DE VALLECAS

En los últimos meses se han publicado dos normas legales que remiten a la misma circunstancia social: la pobreza energética. La primera de ellas, regula a nivel estatal el BONO SOCIAL eléctrico. La segunda, a nivel de la Comunidad de Madrid, regula las ayudas para el pago de facturas eléctricas y de gas de familias en precariedad económica.

EL BONO SOCIAL ELÉCTRICO

El Real Decreto 897/2017 y la Orden ETU/946/2017, ambas de 6 de octubre, regulan el nuevo Bono Social establecido en el Real Decreto-Ley 7/2016 de 23 de diciembre. Con ello, se modifican los artículos 45 y 52 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre del sector eléctrico para ajustarse, además, a la STS de 2016 que había anulado la parte relativa al reparto de las cargas financieras del Bono Social entre las eléctricas.

La actual normativa –además del reparto de la financiación del bono social- modifica las condiciones del anterior bono en varios aspectos:

1)  Sigue excluyendo la factura de gas lo que representa una limitación notable de los efectos del Bono Social.

2)  Elimina el bono social para contratos de menos de 3 kW. Esto es razonable en vista de que muchos de sus beneficiarios lo eran para segundas viviendas.

3)  Mantiene la condición de vulnerables a los pensionistas de la S Social que cobren las pensión mínima, así como a familias numerosas (en este caso, sin condición de renta).

4)  Se fijan criterios de renta, estableciendo la condición de consumidor «vulnerable» y «vulnerable severo», «vulnerable severo en exclusión social»: se consideran «vulnerables» las familias que perciban el 1,5 IPREM*, 2 IPREM y 2,5 IPREM respectivamente, según se trate de unidades familiares sin menores a cargo, con un menor o con 2 o más menores. Esos umbrales se elevan en 0,5 cuando alguien de la unidad familiar tenga una situación de discapacidad min. 33%, o se sea víctima de violencia de género o terrorismo. Para la condición de «vulnerable severo» se reducen los umbrales s al 50% una vez aplicado, en su caso, la ampliación del 0,5. La condición de renta se acredita con la situación tributaria del año anterior por lo que deja de contemplar situaciones como la de parados sobrevenidos que reúnan los requisitos de renta para ser «vulnerables».
En el caso de unidades familiares cuyos ingresos procedan de pensionistas con pensión mínima, se considerarán «vulnerables severos» si sus ingresos son inferiores al IPREM. Asimismo, las familias numerosas se considerarán «vulnerables severas» si sus ingresos son inferiores a dos veces el IPREM. *IPREM 2017= 7.519,59 euros/año.

Los beneficios de la situación de vulnerabilidad son: 25% PVPC* (antes TUR) para los «vulnerables» y 40% PVPC para los «vulnerables severos». Los porcentajes de descuento se hacen -como hasta ahora- sobre los términos de potencia y consumo. Los vulnerables severos que, además, estén en situación de exclusión social (informada por los Servicios Sociales), pueden quedar protegidos contra cortes de suministro según se indica en el punto 7.*PVPC=precio voluntario para el pequeño consumidor, solo accesible mediante las Comercializadoras llamadas de referencia (COR).

5) El Bono social se establece por 2 años (excepto familias numerosas), salvo pérdida de alguna de las condiciones que lo originan. Transcurrido ese plazo ha de renovarse.

6) Obligación de información de las comercializadoras: La nueva norma establece determinadas obligaciones de las comercializadoras de informar a los consumidores que puedan estar en situación de vulnerabilidad, ya sea por impago de recibos o cuando pretenda cambiar el contrato del mercado libre a la tarifa de PVPC y viceversa.

7) Cortes de suministro: Con carácter general, para potencias contratadas inferiores a 10Kw, se debe notificar (de forma fehaciente) el impago en el plazo máx. de 2 meses desde la factura impagada. El corte no se puede realizar antes de 2 meses desde la primera notificación o, en su caso, antes de la segunda notificación.

Para «vulnerables» y «vulnerables severos» acogidos al Bono Social, el plazo previo al corte no puede ser inferior a 4 meses. En el caso de «vulnerables severos» en e situación de exclusión que no puedan hacer frente al pago de las facturas, no se cortará el suministro siempre que las administraciones locales (comunidades autónomas y ayuntamientos) se hagan cargo del pago del 50% del PVPC (sobre valor previo al descuento del bono social) en el plazo de 5 meses desde la factura impagada.

La exigencia de esa «corresponsabilidad» de las Administraciones locales se hace, además, sin dotarlas de presupuesto y medios técnicos adecuados para hacerla frente, lo que supone que el gobierno del Estado se desliga de una norma que él mismo crea, tal y como ha denunciado la Asociación de Directores de Centros Sociales, a la vez que estrangula a las administraciones locales con una «regla de gasto» (Ley Montoro) que no les deja margen alguno de autonomía.

LAS AYUDAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Con un retraso inaudito que fue denunciado por la Mesa de DDSS, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha publicado (BOCM de 6 de octubre) el Acuerdo de 19 de septiembre de 2017 convocando las ayudas de 2017 para aquellas familias cuya precariedad económica no les permita hacer frente a las facturas de luz y gas.

El gobierno de la Comunidad ha convocado las ayudas tarde, cuando ya casi ha acabado el periodo subvencionable (del 1 de noviembre de 2016 hasta 31 de octubre de 2017), sabiendo que la mayoría de los posibles beneficiarios, ante el riesgo de que les cortaran la luz y el gas, han pagado sus facturas aún quitándoselo de comer u otras necesidades. Además, la convocatoria arrastra los mismos vicios que se denunciaron en la Proposición aprobada por la JMD a instancia del Foro de Puente de Vallecas el pasado mes de mayo: falta de publicidad, plazo de solicitud muy escaso (apenas dos semanas, hasta el 31 de octubre) y requisitos innecesarios y engorrosos para los Servicios Sociales, tales como dar de alta en un PII (Plan individual de inserción) y en la RMINWEB, trámites todos ellos para los que los Servicios Sociales no cuentan con los suficientes medios.

Por lo demás, el periodo subvencionable se limita a 6 meses prorrogables hasta 9 meses, recortando la ayuda, en el caso de la prórroga, a la mitad de la factura.

Un aspecto que puede ser problemático en el futuro es la posible incompatibilidad de estas subvenciones con otro tipo de ayudas, ingresos y recursos procedentes de otras entidades, lo que viene a plantear el problema del tratamiento de la concurrencia de prestaciones de finalidad similar, como el Bono Social.

Por último, la partida presupuestaria destinada a cubrir estas ayudas ha quedado reducida a solo 1 millón de euros, la mitad de lo comprometido por el gobierno de la Comunidad en la Asamblea de Madrid el pasado mes de marzo.

No sería de extrañar, por tanto, que si ya fueron escasos los beneficiarios de las ayudas del año 2016 (899 de 1485 solicitudes en la C. de Madrid, según cifras de octubre de la propia Consejería), este año sean menos todavía. No solo se desatiende una necesidad que padecen miles de familias del distrito sino que se falsea la realidad.

La experiencia de los dos años que llevan en vigor las ayudas de la Comunidad de Madrid ponen de manifiesto su ineficacia para atender las necesidades reales de la gente: basta comparar los 78 beneficiarios de ellas en Puente de Vallecas (comunicados a marzo de 2017), de un total de 308 solicitudes, con los cerca de 4000 perceptores de RMI.

A todo ello hay que añadir la escandalosa subida de tarifas energéticas (gas y electricidad), que se estima que llegará al 10% en 2017, que en absoluto se corresponde con un incremento de los costes reales de producción ni con la sequía. Igualmente, hay que señalar la despreocupación del gobierno por el fomento de las energías renovables y la eficiencia energética. Por último, también hay que destacar el bloqueo mantenido durante este año en el Parlamento, por PP y Ciudadanos, a la ILP presentada por los sindicatos para garantizar una renta mínima a los parados sin ingresos.

CONCLUSIONES DE LA MESA DE DERECHOS SOCIALES

El Gobierno del Estado ha dado la espalda a la necesidad de satisfacer un derecho, como el del acceso a la energía y otros bienes básicos de una manera integral, en lugar de limitarse a dar continuidad a medidas parciales como el Bono Social que, pese a sus ligeras mejoras, no alcanza a resolver los problemas de las familias en pobreza energética. El nuevo Bono Social no cubre el suministro de gas, además, El gobierno no asume ningún compromiso económico, descargando en las Administraciones Locales (Comunidades Autónomas y Ayuntamientos) la responsabilidad de cofinanciar con sus propios recursos los recibos de las familias que no puedan pagar la factura eléctrica por encontrarse en situación de exclusión social. Se pretende someter así, a los Ayuntamientos y sus Servicios Sociales, a la presión de los afectados como los «malos de la película», cuando la responsabilidad real recae en la falta de dotación presupuestaria del Gobierno Central, que se suma a los recortes de la Ley Montoro y su «rergla de gasto» que –con el pretexto de reducir la deuda del Estado- pretenden estrangular las medidas sociales de las administraciones locales que no les son afines políticamente, aunque éstas sean solventes económicamente y reduzcan su deuda, como hace el Ayuntamiento de Madrid.

Por su parte, el Gobierno de la Comunidad de Madrid presidido por Cristina Cifuentes –con el apoyo de Ciudadanos- no solo enterró en diciembre de 2016 la propuesta de una Ley de Pobreza Energética presentada en la Asamblea, sino que, con la misma filosofía fragmentadora del Gobierno Central, se limita a reeditar las limitadas ayudas puestas en marcha en 2016, en condiciones aún más precarias, casi vencido ya el plazo de solicitud, con un presupuesto menor y manteniendo los obstáculos burocráticos de la convocatoria anterior que hacen poco menos que inaccesibles esas ayudas a la gran mayoría de personas y familias que no podrán disfrutar de calefacción y suministros energéticos este invierno.

Por lo anterior, insistimos, como lo hicimos en la Proposición del Foro Local a la JMD en mayo de 2017, en reclamar al Gobierno del Estado y al de la Comunidad de Madrid una respuesta global suficiente y que evite la multiplicidad de normas y el solapamiento de las mismas.

En ese sentido, la Mesa de DDSS de Puente de Vallecas consideramos que es urgente la adopción de las siguientes medidas:

  1. Que se dé una respuesta integral al problema de la pobreza que reúna una Renta Garantizada suficiente a la vez que garantice derechos básicos para una vida digna como la vivienda, la alimentación, el agua y el acceso a la energía.
  2. Con independencia de lo anterior, consideramos que el nuevo Bono Social debe ser modificado de forma que incluya el gas en los suministros a bonificar a las familias vulnerables. Se debe garantizar, igualmente, que los parados sobrevenidos puedan seguir beneficiándose del bono social. Las familias numerosas deben ser tratadas de acuerdo con su renta, igual que otras familias, para ser «vulnerables».
  3. Que se derogue la Ley Montoro que está estrangulando a Comunidades y Ayuntamientos – muy particularmente al de Madrid- impidiéndoles hacer frente a sus obligaciones sociales en materia de inversión, gasto y contratación de plantilla de Servicios Sociales.
  4. Para que las Administraciones locales puedan atender las situaciones de «riesgo de exclusión social», el Gobierno debe dotar de recursos y financiación suficiente a las Administraciones Locales, especialmente a los Ayuntamientos, sobre cuyos Servicios Sociales recae la atención a las situaciones de las personas y familias económicamente más vulnerables. Mientras tanto, la Comunidad de Madrid debería destinar la ineficaz dotación económica (incrementada) destinada a las ayudas de 2018 a cubrir los costes de impedir los cortes de luz de familias vulnerables severas en situación de exclusión social. Asimismo, el Ayuntamiento de Madrid, en la medida de lo permita la actual intervención de sus cuentas del Ministerio de Hacienda, debería contribuir a dicha cobertura.
  5. Que el Área de Equidad Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid aclare cuanto antes los criterios que van a seguir los Servicios Sociales en relación con la tramitación del Bono Social y la intervención que hasta ahora venían haciendo en relación con las compañías comercializadoras eléctricas y las ayudas de la Comunidad de Madrid. Llevar a cabo una campaña de información pública en la que nos impliquemos la propia Mesa de DDSS y los Servicios Sociales para que quienes reúnan los requisitos puedan acceder al Bono Social.