Animales. Gestión de colonias felinas
Como consecuencia de la necesidad de mejorar la gestión de las poblaciones incontroladas de gatos en nuestra ciudad se ha implementado un nuevo procedimiento de actuación en el control de las mismas, basado en la estrategia CES (capturar, esterilizar y soltar), con el objetivo de controlar el tamaño de las colonias de gatos urbanos, así como minimizar los problemas asociados a la presencia de estos mediante la esterilización de los ejemplares que las integran.
De acuerdo con el mismo, los interesados podrán:
1. Solicitar el registro de una colonia felina controlada que ya esté siendo gestionada por asociaciones o particulares.
2. Solicitar directamente la colaboración del Ayuntamiento de Madrid para el control de una colonia felina por medio del método CES.
3. Formular una queja o aviso por existencia de gatos urbanos sin gestionar.
¡A quién va dirigido?
• Ciudadanos o asociaciones que deseen regularizar las colonias de gatos que estén siendo gestionadas por asociaciones o particulares.
• Ciudadanos que deseen solicitar la consolidación, como colonia de gatos esterilizados, de una colonia felina actualmente no controlada
• Ciudadanos que formulen quejas o avisos por existencia de gatos urbanos sin gestionar, a quienes se les planteará esta estrategia como herramienta para la prevención, reducción o eliminación de los problemas asociados a la falta de control de dichas poblaciones.
Requisitos
•En el caso de ciudadanos: ser mayor de edad
•En el caso de asociaciones que deseen la condición de «entidad colaboradora» estar inscritas en el registro autonómico o nacional
•Las poblaciones felinas a las que se refiere este trámite, deberán estar ubicadas en el ámbito territorial de la Ciudad de Madrid
Cómo realizar el trámite
•En línea: a través del enlace disponible en el apartado Tramitar- En línea
•Por correo postal: dirigido al Departamento de Servicios Veterinarios (Sección de Gestión de
Poblaciones y Animales Potencialmente Peligrosos)
•Por correo electrónico: mscoloniasfelinas@madrid.es
•Presencialmente: en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras
Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación
1. En el caso de solicitudes de regularización de colonias felinas controladas que ya estén siendo gestionadas por asociaciones o particulares.1.Se formulará la solicitud de colonia felina con declaración responsable.
2. Madrid Salud verificará la existencia o no de posibles antecedentes relacionados con la presencia de los animales, en esa ubicación.
3 .Madrid Salud procederá al registro de la colonia y promoverá la adopción de medidas correctoras si procedieran.
4. La entidad colaboradora o el colaborador responsable, remitirá anualmente informe de seguimiento.
5. En el caso de solicitudes de colaboración del Ayuntamiento en el control de una colonia felina por medio del método CES, o cuando se formule una queja o aviso por existencia de gatos urbanos sin gestionar: 1.Se formulará la solicitud general de consolidación de colonia felina o la queja o aviso por cualquiera de los canales previstos por el Ayuntamiento de Madrid.
2. Registro de la solicitud, queja o aviso y evaluación: técnicos de Madrid Salud realizarán un estudio de la zona y de los lugares donde se encuentran los animales, recabando aquella información que sea precisa.
3. Según el tipo de solicitud, Madrid Salud promoverá la realización de las actuaciones que procedan para la aplicación del método CES, directamente, o a través de las asociaciones colaboradoras, en aquellos casos que sea necesario, previa autorización de los solicitantes o de quienes hayan formulado la queja o aviso.
4.Información: el Ayuntamiento de Madrid informará a los vecinos de las actuaciones que se llevarán a cabo. Esta labor informativa, será continuada por las entidades colaboradoras o por los colaboradores de la colonia.
S. Acuerdo de colaboración: con carácter previo al inicio de las actuaciones, se suscribirá un acuerdo específico para cada ubicación, en el que cada una de las partes implicadas asumirá unos compromisos concretos en relación con la estabilización y seguimiento de la colonia, de forma que todas ellas queden sujetas a los mismos, (disponible en «Procedimiento para la gestión de solicitudes de colaboración del Ayuntamiento de Madrid en la consolidación de colonias controladas de gatos urbanos, por razones de sostenibilidad y bienestar animal»; ‘Información relacionada’).
6. Las fases y actuaciones del proceso de consolidación de la colonia felina, quedan detallados en el «Procedimiento para la gestión de solicitudes de colaboración del Ayuntamiento de Madrid en la consolidación de colonias controladas de gatos urbanos, por razones de sostenibilidad y bienestar animal» (disponible en «Información relacionada»)
7. La entidad colaboradora, o el colaborador responsable, remitirá anualmente, informe de seguimiento.
Entidad Gestora
Organismo Autónomo Madrid Salud del Ayuntamiento de Madrid
Documentación
•En el caso de solicitudes de regularización de colonias felinas controladas que ya estén siendo gestionadas por asociaciones o particulares, o que vaya a serlo de forma inmediata: solicitud de colonia felina con declaración responsable.
•En el caso de solicitudes de colaboración para el control de una colonia felina por medio del método CES: solicitud general de consolidación de colonia felina.
•En el caso de formular quejas o avisos, podrá utilizarse correo postal, correo electrónico o instancia general dirigida al Departamento de Servicios Veterinarios (ver ‘Tramitar’).